Lo que debes saber:

Este proceso comienza cuando CorreosChile recepciona tu envío.

En este proceso CorreosChile solo tiene la responsabilidad de distribuir tus envíos.

¿QUÉ PROCESOS PASARÁ MI ENVÍO EN EL MOMENTO QUE LLEGUE A CHILE?

  1. Los fiscalizadores del Servicio Nacional de Aduanas Metropolitana Postal y Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) monitorearán tus envíos y seleccionarán si deberán pasar al proceso de aforo físico.
  2. Ten en consideración que el pago de impuestos aplica para los envíos que tengan un valor igual o superior a 41 dólares.
  3. El aforo físico consiste en la inspección del contenido y documentación de los envíos por parte de los fiscalizadores de Aduana. Este es el que determina si tus envíos son liberados o quedarán asociados a un pago de impuestos.
  4. Es el Servicio Nacional de Aduanas se definirá el monto a pagar, y todos los dineros recaudados son derivados a la Tesorería General de la República.
  5. Si tus envíos quedan liberados de pago de impuesto, serán entregados en tu domicilio, sucursal o centro de entrega correspondiente a tu comuna.

¿Cuál es el procedimiento a realizar cuando Aduana te solicita documentación adicional?
Cuando Aduana determina que falta documentación para gestionar la liberación de tus envíos, haremos llegar una carta certificada a tu domicilio con un aviso de presentación de documentos que debes subir en la opción Gestión de Importaciones disponible en nuestra Sucursal Virtual.

 

Factura Comercial:

Si existen dudas respecto del valor que pagaste por tus paquetes, se te solicitará una copia de la factura comercial asociada a tus articulos.

En caso de no disponer factura como tal, el Servicio Nacional de Aduanas, permite entregar un print del carrito de compra donde se realizó la compra y donde se refleje la descripción del envío, valor total, despacho, etc.

Transacción bancaria, comprobante o forma de pago:

Estos documentos hacen referencia a la forma en que se realizó el pago del producto comprado.

Si no cuentas con ello, sirve de respaldo la cartola del banco en donde acredite el pago o bien, la transacción de Paypal o deposito bancario.

Aceptación del Instituto de Salud Pública (ISP):

Si tu envío contiene medicamentos, cosméticos o dispositivos médicos para uno personal, debes solicitar un documento en el sitio web: www.ispch.cl accediendo al link de importación.

Este documento debe incluir los anexos, de lo contrario, no se llevará a cabo la fiscalización.

 

¿Cómo Aduana calcula el impuesto que debes pagar?

Factores determinantes:

Cómo se determina:

✓ El valor del contenido (FOB)

✓ Se suma el flete (valor de despacho del envío o estimación de Aduana si no está presente)

✓ Se agrega el seguro (2% del FOB. Este valor siempre es calculado)

✓ La sumatoria anterior da como resultado el valor CIF (Base de calculo del impuesto) o Valor Aduanero

✓ Al valor CIF se le aplica el 6% (Régimen General) o 0% (TLC), correspondiente al Derecho de Aduana

✓ A la sumatoria de CIF + Impto. Aduanero, se le aplica el IVA (19%)

✓ Al valor CIF se le aplica el 1% (TLC) o 1,5% (Régimen General) correspondiente al costo por el aforo físico de Aduana.

✓ La sumatoria de Derecho de Aduana + IVA + Costo Aforo = Valor FIVPS

 

Ejemplo

Si compras un artículo que tiene un valor de $50.000, que tiene asociado un costo de flete de $5.000

Concepto Monto
Valor FOB $50.000
Flete $5.000
Seguro $2.000
Valor CIF $57.000
Derecho de Aduana $3420
Sub total $60.420
IVA $11.480
Aforo $855
Total $15.755

 

FOB: Es el valor de la mercancía puesta a bordo de un transporte, el cual abarca tres conceptos: costo de la mercancía en el país de origen, transporte de los bienes y derechos de exportación. Como su nombre lo indica, este valor está relacionado con el uso del Incoterm FOB.

TLC: Es un acuerdo que firman dos países para reglamentar sus relaciones comerciales. La idea es que sus productos y servicios puedan intercambiarse libremente y que los inversionistas de lado y lado cuenten con reglas del juego claras, estables y transparentes. Se busca así aumentar el comercio y la inversión entre ambas naciones.

CIF: Es un acrónimo del término en inglés Cost, Insurance and Freight (Costo, seguro y flete), y significa que el precio de venta incluye el costo de la mercancía, el del transporte marítimo o fluvial, así como el seguro.

IVA: El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que grava el consumo. Es un incremento de un porcentaje en el precio de cada artículo que compramos y de cada servicio que recibimos. En cada compra pagamos el precio del bien más el porcentaje de impuestos que se le aplica a su coste.

FIVPS: Permite a personas naturales y jurídicas pagar a la Tesorería General de la República (TGR) los derechos aduaneros de mercaderías provenientes vía postal del extranjero que deben ser importadas para su uso o consumo en el país.

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